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En noviembre de 1988
fue creada mediante decreto ejecutivo, la Comisión
Nacional de Recursos Fitogenéticos (CONAREFI), como
un organismo adscrito a la Oficina Nacional de Semillas.
Se establecen como objetivos de este Comisión:
a. Velar por el
mantenimiento, manejo y conservación de los
Recursos Fitogenéticos, tanto autóctonos
como foráneos, existentes en el país.
b. Promover la recolección, utilización e
intercambio de germoplasma para su empleo directo en
programas de producción o en actividades de
mejoramiento.
Asimismo se definen como
parte de las funciones de CONAREFI:
a. Asesorar a las
autoridades del Gobierno y entidades autónomas en
materia de Recursos Fitogenéticos.
b. Definir en
coordinación con la Oficina Nacional de Semillas y
la Dirección General de Sanidad Vegetal, las
políticas de introducción de
germoplasma.
c. Establecer un sistema
de información, documentación y
extensión sobre el valor y utilización de las
colecciones existentes y fuentes externas de germoplasma
para su utilización.
d. Promover y organizar la
capacitación de personal técnico y
comunitario en conservación y manejo de Recursos
Fitogenéticos.
e. Promover la
evaluación y mantenimiento de colecciones.
En cuanto a la integración de CONAREFI, se establece
una representación de: Oficina Nacional de Semillas,
Ministerio de Ciencia y Tecnología, Ministerio de
Agrícultura y Ganadería, Universidad de Costa
Rica, Universidad Nacional y cuatro miembros a título
personal, de reconocida labor en el campo de recursos
fitogenéticos.
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Inicio
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Recientemente se
constituyó en Costa Rica el Sistema Nacional de
Investigación y Transferencia de Tecnología
Agropecuaria (SNITTA).
Participan en el Sistema una serie de entes públicos y
privados relacionados con dichas funciones
(investigación -transferencia), procurando su
integración a tráves de programas
específicos para una serie de cultivos, con una
priorización de proyectos en función de
necesidades planteadas por la agricultura nacional.
Estos entes participantes conforman la Asamblea General del
Sistema y establece la Comisión Nacional de
Investigación y Transferencia de Tecnología
(CONITTA) como órgano ejecutivo de las
políticas y determinaciones de la Asamblea.
Como instrumento de gestión del Sistema funcionan los
Programas de Investigación y Transferencia de
Tecnológia Agropecuaria (PITTA's), con programas de
mediano plazo y proyectos específicos.
Estos Programas (PITTA's), fueron establecidos para cada uno
de los cultivos definidos como prioritarios para la
actividad agrícola del país. Asimismo, se
establecieron programas (PITTA's) de carácter
horizotal, o sea, que tienen que ver con todos los cultivos,
siendo de apoyo a estos. Este sería el caso del
Programa de Recursos Fitogenéticos.
La estructura operativa de los PITTA consiste en
Comités en los que tiene participación el
Sector Público y Privado relacionados con cada cultivo o
área específica. Existiendo ya en Costa Rica una
Comisión Nacional de Recursos Fitogenéticos,
ésta asumió la función de elaborar el
Programa de Investigación y Transferencia de
Tecnología en Recursos Fitogenéticos.
Este Programa recoge los objetivos generales planteados por
CONAREFI, así como una serie de actividades que
corresponden a las funciones de dicha Comisión y que
ya fueron citadas.
Dentro de estas actividades se incluyen la
identificación de problemas tecnológicos y no
tecnológicos (financiamiento de proyectos,
entrenamiento de técnicos, organización,
necesidades de investigación y lo relativo a la
transferencia tecnológica). Se definen también
una serie de metas a corto y mediano plazo y establece
diferentes mecanismos de transferencia tecnológica
(talleres, boletines, congresos, etc) dirigidos a los
diferentes grupos que intervienen en la materia
(fitomejoradores, agrónomos, biólogos y
productores, etc).
Se establece además un Plan de Acción en el cual
se delega la parte organizativa a la CONAREFI, esto con base
en las funciones que de por si la ley asigna a dicha
Comisión.
Finalmente se señala una priorización del
trabajo a desarrollar dentro del Programa de
Investigación y Transferencia de Tecnología de
acuerdo a las necesidades más relevantes.
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Inicio
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Existen diversas
leyes que rigen lo relativo a Recursos Fitogenéticos
y/o Biodiversidad:
1. LEY DE SEMILLAS
6289
Basada en esta ley,
la Oficina Nacional de Semillas, como entidad ejecutora
de la misma, se encarga de llevar un registro de las
importaciones y exportaciones de semillas
(entendiéndose semilla como todo grano, bulbo,
tubérculo, planta o cualquier parte vida de un
vegetal que se utilice para reproducir o propagar una
especie).
Es además la entidad
responsable de llevar un registro de variedades
comerciales y de variedades protegidas. En este ultimo
caso, actualmente revisa la normativa para la
aplicación de los derechos de obtentor de nuevas
variedades.
Forma también parte
del Comité Técnico Nacional Asesor en
Bioseguridad, siendo responsable de verificar la
aplicación de las medidas de seguridad recomendadas
por el Comité para los incrementos de semilla de
plantas transgénicas.
Tiene además
representación en la Comisión Asesora en
Biodiversidad, del Ministerio de Ambiente y
Energía.
Adscrita a la Oficina
Nacional de Semillas, funciona la Comisión Nacional
de Recursos Fitogenéticos (CONAREFI), creada
mediante decreto ejecutivo firmado en noviembre de
1988.
2. LEY DE SANIDAD
VEGETAL
La Dirección
General de Protección Agropecuaria es la encargada
de emitir los certificados fitosanitarios para toda
exportación, así como el control
fitosanitario del material vegetal introducido al
país (Cuarentena Vegetal).
Forma parte también
del Comité Técnico Nacional Asesor en
Bioseguridad.
3. LEY DE VIDA SILVESTRE
Establece una serie
de regulaciones para la importación,
exportación o tránsito de especies silvestres
amenazadas o en peligro de extinción.
Estas regulaciones se
establecen de conformidad con la Convención sobre
Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y
Fauna (CITES).
Esta Ley regula
además todo lo relativo a colecta,
utilización, comercialización de la flora
silvestre y responsabiliza al Ministerio de Recursos
Naturales Energía y Minas (hoy Ministerio de
Ambiente y Energía) a través de la
Dirección de Vida Silvestre, el registro de las
empresas, instituciones, etc., que se dediquen a ests
actividades así como el otorgamiento de los
respectivos permisos.
Cabe destacar el
Artículo 50 de esta Ley, el cual señala
que: "Todas las actividades de investigación y
desarrollo que se realicen con el fin de obtener nuevas
variedades, híbridos o fármacos o cualquier
otro producto que se obtenga de especies silvestres, sus
partes, productos o subproductos deberán contar con
la autorización de la Dirección de Vida
Silvestre del MIRENEM, la que podrá rechazar
cualquier solicitud contraria al interés público.
Le corresponde a esta Ministerio fiscalizar la
ejecución de estas actividades, para lo cual
podrá hacer uso del conocimiento y las nuevas
simientes así producidas para desarrollar
programas de interés nacional".
4. LEY ORGANICA DEL AMBIENTE
Sus objetivos
generales son los de procurar un ambiente sano y
equilibrado en función del bienestar de los
habitantes bajo un concepto de conservación y
utilización sostenibles.
En su Artículo 2.
inciso c., señala que "El Estado velará por
la utilización racional de los elementos
ambientales, con el fin de proteger y mejorar la calidad
de vida de los habitantes del territorio nacional.
Está obligado a propiciar un desarrollo
económico y ambientalmente sostenibles.."
Esta Ley asigna al
Ministerio de Ambiente y Energía la función
de establecer las áreas silvestres protegidas y
establece una serie de disposiciones para la
protección ambiental y la organización del
sector.
Es importante resaltar el
Capítulo IX relativo a la Diversidad
Biológica, el cual señala en el
Artículo 46 la "Soberanía del Estado sobre
la diversidad biológica" y establece que el Estado
ejecerá la soberanía sobre la biodiversidad
como parte de su patrimonio natural. Declara de
interés público las actividades destinadas a
convervar, mejorar y, en lo posible , a recuperar la
diversidad biológica del territorio nacional.
5. OTRAS LEYES RELACIONADAS
A. LEY
FORESTAL
Regula todo lo
relativo a recursos forestales y su utilización.
B. Ley del Sistema
Nacional de Areas de Conservación:
Establece los
principios y regulaciones sobre el manejo de los
ecosistemas protegidos en parques nacionales y recursos
biológicos, descentralizando su
administración y unificando las diferentes
competencias del Ministerio de Ambiente y Energía,
en materia forestal, vida silvestre y áreas
protegidas.
6. COLABORACION INTERNACIONAL
En el marco del Sistema Mundial de FAO, Costa Rica es
miembro de la comisión FAO, y es país
signatario del Convenio Internacional de Recursos
Fitogenéticos, en el cual adoptó el Modelo C.
Así mismo apoyó con su firma la Agenda 21,
iniciativa adoptada por la Conferencia de las Nacional
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (UNCED), EN
1992.
Costa Rica reconoce la importancia de crear un fondo
Internacional, a fin de promover la conservación,
estudio y uso racional de germoplasma, especialmente en
países en vías de desarrollo, los cuales como
se sabe, concentran la mayor riqueza de diversidad
genética en plantas útiles para el hombre. De acuerdo
con la realidad económica actual y previsible para el
futuro, el país participaría en calidad de
beneficiario, en el programa auspiciado por este Fondo.
Respecto al Grupo Consultivo sobre Investigación
Agrícola Internacional (CGIAR), Costa Rica ha
desarrollado desde hace varios años, relaciones de
trabajo colaborativo, con diversos Centros Internacionales
de Investigación Agrícola, adscritos al CGIAR.
El siguiente cuadro presenta, a manera de ejemplo,
información resumidad sobre algunas de estas
experiencias.
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CENTRO INTERNACIONAL REGIONAL
1/
|
ENTIDADES DE ENLACE EN COSTA RICA
2/
|
ACTIVIDADES
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IPGRI
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CONAREFI /UNA
UNA
CONAREFI
|
RECOLECCION DE GERMOPLASMA DE MAIZ
CAPACITACION
INVENTARIO DE COLECCIONES DE GERMOPLASMA
|
|
|
UCR (EEFBN) / CATIE
|
CONSERVACION Y CARACTERIZACION DE GERMOPLASMA DE
CAPSICUM Y SAPOTACEAS
|
|
CATIE
|
|
COLECCION,CONSERVACION, UTILIZACION,
CAPACITACION Y ENZE&emdash;ANZA
AUSPICIO DE CONGRESOS
|
|
CIAT
|
UCR (EEFBM)
UNA
UCR,UNA
|
MEJORAMIENTO GENETICO DE FRIJOL
FITOPATOLOGIA Y MEJORA GENETICA FRIJOL
CAPACITACION
|
|
CIMMYT
|
UCR (EEFBM),MAG
|
MEJORA GENETICA DE MAIZ
CAPACITACION
|
|
IRRI
|
MAG
|
MEJORA GENETICA DE ARROZ
CAPACITACION
|
|
ICARDA
|
UNA
|
EVALUACION DE GERMOPLASMA DE LENTEJA
|
|
ICRISAT
|
UNA
|
EVALUACION DE GERMOPLASMA DE GARBANZO
|
|
ISNAR
|
MAG
|
ORGANIZACION DEL SECTOR DE INVESTIGACION Y
TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA AGRICOLA
|
|
AECI
|
UCR,ITCR, UNA
|
CAPACITACION
|
En cuanto al rubro de capacitación,
ésta se ha llevado a cabo tanto mediante la
asistencia a cursos, como también vía
capacitación en servicio a los técnicos
nacionales.
La comunicación entre entidades del país y los
centros del CGIAR, se realizaba en un principio en forma
directa. En la actualidad, además de esta modalidad,
existen las alternativas de canalizar la comunicación
mediante el sistema coordinado por la Comisión
Nacional de Investigación y Transferencia de
Tecnología Agrícola (CONITTA), y
también por medio de la Comisión Nacional de
Recursos Fitogenéticos. Estas últimas alternativas
incrementan el potencial de difusión de las
informaciones ymejoran la coordinación entre entidades
locales, para prevenir la duplicidad de funciones.
Con relación a Centros Regionales de
Investigación e Iniciativas Gubernamentales
Regionales, Costa Rica aloja las sedes del Centro
Agronómico Tropical de Investigación y
Enseñanza (CATIE) y del Instituto Interamericano de
Cooperación para la Agricultura (IICA). Este hecho
facilita el acceso y la comunicación del país
con estas entidades regionales. Por ejemplo, la existencia
en CATIE de cámaras para la conservación de
semilla ortodoxas pertenecientes a las colecciones de base
del programa nacional.
Algo importante de mencionar es la participación de
Costa Rica en las inciativas para la creación de la
Red Mesoamericana de Recursos Fitogenéticos
(REMERFI). Esta tiene como finalidad contribuir al
fortalecimiento de la capacitación de los
países miembros, con miras a lograr un adecuado
desarrollo en el ámbito de la conservación,
estudio y manejo sostenible de los recursos
fitogenéticos en la región de
Mesoamérica, mediante la cooperación
recíproca horizontal. Finalmente, cabe agregar que
diversas entidades del país, tanto del Sector
Público, como Organizaciones no gubernamentales (ONG 's),
han desarrollado nexos de cooperación
científico-tecnológica, con una gama amplia de
centros de investigación, universidades, y agencias de
cooperación internacionales. Algunos ejemplos
son:Agencia Española de Cooperación
Internacional, International Atomic Energy Agency,
Unión Europea, Fundación Kellog, Universidad de
París-Sud, North Caroline State University, etc.
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