Costa Rica: Tercer Informe de PaĆ­s

 

 indice     Estudio Nacional de Biodiversidad

   

OBJETIVOS, POLITICAS, PROGRAMAS Y LEGISLACION EN RECURSOS FITOGENETICOS

COMISION NACIONAL DE RECURSOS FITOGENETICOS

   

 
       En noviembre de 1988 fue creada mediante decreto ejecutivo, la Comisión Nacional de Recursos Fitogenéticos (CONAREFI), como un organismo adscrito a la Oficina Nacional de Semillas.

        Se establecen como objetivos de este Comisión:

a. Velar por el mantenimiento, manejo y conservación de los Recursos Fitogenéticos, tanto autóctonos como foráneos, existentes en el país.

b. Promover la recolección, utilización e intercambio de germoplasma para su empleo directo en programas de producción o en actividades de mejoramiento.

Asimismo se definen como parte de las funciones de CONAREFI:

a. Asesorar a las autoridades del Gobierno y entidades autónomas en materia de Recursos Fitogenéticos.

b. Definir en coordinación con la Oficina Nacional de Semillas y la Dirección General de Sanidad Vegetal, las políticas de introducción de germoplasma.

c. Establecer un sistema de información, documentación y extensión sobre el valor y utilización de las colecciones existentes y fuentes externas de germoplasma para su utilización.

d. Promover y organizar la capacitación de personal técnico y comunitario en conservación y manejo de Recursos Fitogenéticos.

e. Promover la evaluación y mantenimiento de colecciones.

        En cuanto a la integración de CONAREFI, se establece una representación de: Oficina Nacional de Semillas, Ministerio de Ciencia y Tecnología, Ministerio de Agrícultura y Ganadería, Universidad de Costa Rica, Universidad Nacional y cuatro miembros a título personal, de reconocida labor en el campo de recursos fitogenéticos.
 

PROGRAMA DE INVESTIGACION Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA EN RECURSOS FITOGENETICOS

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Inicio

  
        Recientemente se constituyó en Costa Rica el Sistema Nacional de Investigación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria (SNITTA).

        Participan en el Sistema una serie de entes públicos y privados relacionados con dichas funciones (investigación -transferencia), procurando su integración a tráves de programas específicos para una serie de cultivos, con una priorización de proyectos en función de necesidades planteadas por la agricultura nacional.

        Estos entes participantes conforman la Asamblea General del Sistema y establece la Comisión Nacional de Investigación y Transferencia de Tecnología (CONITTA) como órgano ejecutivo de las políticas y determinaciones de la Asamblea.

        Como instrumento de gestión del Sistema funcionan los Programas de Investigación y Transferencia de Tecnológia Agropecuaria (PITTA's), con programas de mediano plazo y proyectos específicos.

        Estos Programas (PITTA's), fueron establecidos para cada uno de los cultivos definidos como prioritarios para la actividad agrícola del país. Asimismo, se establecieron programas (PITTA's) de carácter horizotal, o sea, que tienen que ver con todos los cultivos, siendo de apoyo a estos. Este sería el caso del Programa de Recursos Fitogenéticos.

        La estructura operativa de los PITTA consiste en Comités en los que tiene participación el Sector Público y Privado relacionados con cada cultivo o área específica. Existiendo ya en Costa Rica una Comisión Nacional de Recursos Fitogenéticos, ésta asumió la función de elaborar el Programa de Investigación y Transferencia de Tecnología en Recursos Fitogenéticos.

        Este Programa recoge los objetivos generales planteados por CONAREFI, así como una serie de actividades que corresponden a las funciones de dicha Comisión y que ya fueron citadas.

        Dentro de estas actividades se incluyen la identificación de problemas tecnológicos y no tecnológicos (financiamiento de proyectos, entrenamiento de técnicos, organización, necesidades de investigación y lo relativo a la transferencia tecnológica). Se definen también una serie de metas a corto y mediano plazo y establece diferentes mecanismos de transferencia tecnológica (talleres, boletines, congresos, etc) dirigidos a los diferentes grupos que intervienen en la materia (fitomejoradores, agrónomos, biólogos y productores, etc).

        Se establece además un Plan de Acción en el cual se delega la parte organizativa a la CONAREFI, esto con base en las funciones que de por si la ley asigna a dicha Comisión.

        Finalmente se señala una priorización del trabajo a desarrollar dentro del Programa de Investigación y Transferencia de Tecnología de acuerdo a las necesidades más relevantes.
   

 

LEGISLACION Y COOPERACION EN MATERIA DE RECURSOS FITOGENETICOS EN COSTA RICA

 

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Inicio


        Existen diversas leyes que rigen lo relativo a Recursos Fitogenéticos y/o Biodiversidad:

1. LEY DE SEMILLAS 6289

Basada en esta ley, la Oficina Nacional de Semillas, como entidad ejecutora de la misma, se encarga de llevar un registro de las importaciones y exportaciones de semillas (entendiéndose semilla como todo grano, bulbo, tubérculo, planta o cualquier parte vida de un vegetal que se utilice para reproducir o propagar una especie).

Es además la entidad responsable de llevar un registro de variedades comerciales y de variedades protegidas. En este ultimo caso, actualmente revisa la normativa para la aplicación de los derechos de obtentor de nuevas variedades.

Forma también parte del Comité Técnico Nacional Asesor en Bioseguridad, siendo responsable de verificar la aplicación de las medidas de seguridad recomendadas por el Comité para los incrementos de semilla de plantas transgénicas.

Tiene además representación en la Comisión Asesora en Biodiversidad, del Ministerio de Ambiente y Energía.

Adscrita a la Oficina Nacional de Semillas, funciona la Comisión Nacional de Recursos Fitogenéticos (CONAREFI), creada mediante decreto ejecutivo firmado en noviembre de 1988.

2. LEY DE SANIDAD VEGETAL

La Dirección General de Protección Agropecuaria es la encargada de emitir los certificados fitosanitarios para toda exportación, así como el control fitosanitario del material vegetal introducido al país (Cuarentena Vegetal).

Forma parte también del Comité Técnico Nacional Asesor en Bioseguridad.


3. LEY DE VIDA SILVESTRE

Establece una serie de regulaciones para la importación, exportación o tránsito de especies silvestres amenazadas o en peligro de extinción.

Estas regulaciones se establecen de conformidad con la Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna (CITES).

Esta Ley regula además todo lo relativo a colecta, utilización, comercialización de la flora silvestre y responsabiliza al Ministerio de Recursos Naturales Energía y Minas (hoy Ministerio de Ambiente y Energía) a través de la Dirección de Vida Silvestre, el registro de las empresas, instituciones, etc., que se dediquen a ests actividades así como el otorgamiento de los respectivos permisos.

Cabe destacar el Artículo 50 de esta Ley, el cual señala que: "Todas las actividades de investigación y desarrollo que se realicen con el fin de obtener nuevas variedades, híbridos o fármacos o cualquier otro producto que se obtenga de especies silvestres, sus partes, productos o subproductos deberán contar con la autorización de la Dirección de Vida Silvestre del MIRENEM, la que podrá rechazar cualquier solicitud contraria al interés público. Le corresponde a esta Ministerio fiscalizar la ejecución de estas actividades, para lo cual podrá hacer uso del conocimiento y las nuevas simientes así producidas para desarrollar programas de interés nacional".


4. LEY ORGANICA DEL AMBIENTE

Sus objetivos generales son los de procurar un ambiente sano y equilibrado en función del bienestar de los habitantes bajo un concepto de conservación y utilización sostenibles.

En su Artículo 2. inciso c., señala que "El Estado velará por la utilización racional de los elementos ambientales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio nacional. Está obligado a propiciar un desarrollo económico y ambientalmente sostenibles.."

Esta Ley asigna al Ministerio de Ambiente y Energía la función de establecer las áreas silvestres protegidas y establece una serie de disposiciones para la protección ambiental y la organización del sector.

Es importante resaltar el Capítulo IX relativo a la Diversidad Biológica, el cual señala en el Artículo 46 la "Soberanía del Estado sobre la diversidad biológica" y establece que el Estado ejecerá la soberanía sobre la biodiversidad como parte de su patrimonio natural. Declara de interés público las actividades destinadas a convervar, mejorar y, en lo posible , a recuperar la diversidad biológica del territorio nacional.


5. OTRAS LEYES RELACIONADAS

A. LEY FORESTAL

Regula todo lo relativo a recursos forestales y su utilización.

B. Ley del Sistema Nacional de Areas de Conservación:

Establece los principios y regulaciones sobre el manejo de los ecosistemas protegidos en parques nacionales y recursos biológicos, descentralizando su administración y unificando las diferentes competencias del Ministerio de Ambiente y Energía, en materia forestal, vida silvestre y áreas protegidas.


6. COLABORACION INTERNACIONAL

       En el marco del Sistema Mundial de FAO, Costa Rica es miembro de la comisión FAO, y es país signatario del Convenio Internacional de Recursos Fitogenéticos, en el cual adoptó el Modelo C. Así mismo apoyó con su firma la Agenda 21, iniciativa adoptada por la Conferencia de las Nacional Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (UNCED), EN 1992.

        Costa Rica reconoce la importancia de crear un fondo Internacional, a fin de promover la conservación, estudio y uso racional de germoplasma, especialmente en países en vías de desarrollo, los cuales como se sabe, concentran la mayor riqueza de diversidad genética en plantas útiles para el hombre. De acuerdo con la realidad económica actual y previsible para el futuro, el país participaría en calidad de beneficiario, en el programa auspiciado por este Fondo.

       Respecto al Grupo Consultivo sobre Investigación Agrícola Internacional (CGIAR), Costa Rica ha desarrollado desde hace varios años, relaciones de trabajo colaborativo, con diversos Centros Internacionales de Investigación Agrícola, adscritos al CGIAR. El siguiente cuadro presenta, a manera de ejemplo, información resumidad sobre algunas de estas experiencias.

 

CENTRO INTERNACIONAL REGIONAL 1/

ENTIDADES DE ENLACE EN COSTA RICA 2/

ACTIVIDADES

IPGRI

CONAREFI /UNA

UNA


CONAREFI

RECOLECCION DE GERMOPLASMA DE MAIZ

CAPACITACION

INVENTARIO DE COLECCIONES DE GERMOPLASMA

 

UCR (EEFBN) / CATIE

CONSERVACION Y CARACTERIZACION DE GERMOPLASMA DE CAPSICUM Y SAPOTACEAS

CATIE

    

COLECCION,CONSERVACION, UTILIZACION,

CAPACITACION Y ENZE&emdash;ANZA

AUSPICIO DE CONGRESOS

CIAT

UCR (EEFBM)

UNA

UCR,UNA

MEJORAMIENTO GENETICO DE FRIJOL

FITOPATOLOGIA Y MEJORA GENETICA FRIJOL

CAPACITACION

CIMMYT

UCR (EEFBM),MAG

MEJORA GENETICA DE MAIZ

CAPACITACION

IRRI

MAG

MEJORA GENETICA DE ARROZ

CAPACITACION

ICARDA

UNA

EVALUACION DE GERMOPLASMA DE LENTEJA

ICRISAT

UNA

EVALUACION DE GERMOPLASMA DE GARBANZO

ISNAR

MAG

ORGANIZACION DEL SECTOR DE INVESTIGACION Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA AGRICOLA

AECI

UCR,ITCR, UNA

CAPACITACION

 

        En cuanto al rubro de capacitación, ésta se ha llevado a cabo tanto mediante la asistencia a cursos, como también vía capacitación en servicio a los técnicos nacionales.

        La comunicación entre entidades del país y los centros del CGIAR, se realizaba en un principio en forma directa. En la actualidad, además de esta modalidad, existen las alternativas de canalizar la comunicación mediante el sistema coordinado por la Comisión Nacional de Investigación y Transferencia de Tecnología Agrícola (CONITTA), y también por medio de la Comisión Nacional de Recursos Fitogenéticos. Estas últimas alternativas incrementan el potencial de difusión de las informaciones ymejoran la coordinación entre entidades locales, para prevenir la duplicidad de funciones.

       Con relación a Centros Regionales de Investigación e Iniciativas Gubernamentales Regionales, Costa Rica aloja las sedes del Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE) y del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA). Este hecho facilita el acceso y la comunicación del país con estas entidades regionales. Por ejemplo, la existencia en CATIE de cámaras para la conservación de semilla ortodoxas pertenecientes a las colecciones de base del programa nacional.

        Algo importante de mencionar es la participación de Costa Rica en las inciativas para la creación de la Red Mesoamericana de Recursos Fitogenéticos (REMERFI). Esta tiene como finalidad contribuir al fortalecimiento de la capacitación de los países miembros, con miras a lograr un adecuado desarrollo en el ámbito de la conservación, estudio y manejo sostenible de los recursos fitogenéticos en la región de Mesoamérica, mediante la cooperación recíproca horizontal. Finalmente, cabe agregar que diversas entidades del país, tanto del Sector Público, como Organizaciones no gubernamentales (ONG 's), han desarrollado nexos de cooperación científico-tecnológica, con una gama amplia de centros de investigación, universidades, y agencias de cooperación internacionales. Algunos ejemplos son:Agencia Española de Cooperación Internacional, International Atomic Energy Agency, Unión Europea, Fundación Kellog, Universidad de París-Sud, North Caroline State University, etc.

Estudio de País - Costa Rica