B. Administración
y control de los riesgos derivados de la utilización y
la liberación de organismos vivos modificados (OVM) como
resultado de la biotecnología
1. Antecedentes
Tanto la Convención sobre
la Diversidad Biológica (Artículos 8g y 19) como
la Agenda 21 (Capítulo 16), dedican Artículos al
manejo ambientalmente seguro de la biotecnología.
El punto de partida de estos artículos,
es el reconocimiento que -aunque la biotecnología no es
considerada una panacea - ofrece un potencial para el desarrollo
sostenible en áreas importantes como la agricultura, cuidado
de la salud y la protección ambiental. Se reconoce además,
que la comunidad puede beneficiarse de los potenciales de la biotecnología,
solo si es desarrollada y aplicada juiciosamente, para evitar
en la medida de lo posible, efectos negativos que han disminuido
el potencial de nuevas tecnologías en el pasado.
1El tema de la bioseguridad en
Costa Rica era, hasta hace unos años, desconocido. Con
el uso de la biotecnología en áreas como la agricultura,
ganadería, industria y salud y su rápido desarrollo
a nivel mundial, del que nuestro país no escapa, se hace
necesario regular la importación, movilización,
experimentación, multiplicación, liberación
al ambiente, comercialización y uso de organismos modificados
por ingeniería genética, hoy organismos vivos modificados
(OVM). La existencia de sistemas adecuados de bioseguridad, con
el fin de reducir los riesgos derivados de la biotecnología
para la salud y el medio ambiente, es un elemento importante para
su desarrollo.
La bioseguridad va más
allá de la introducción de organismos modificados,
tiene que ver también con especies introducidas. Pero aunque
esto es cierto, a nivel internacional se ha decidido por la complejidad
del tema, hablar solo de OVM.
Costa Rica empezó a pensar
formalmente en el tema a partir de 1991, con el fin de garantizar
la inocuidad de estos organismos, preservar la biodiversidad y
en lo posible, mejorar la base genética de las especies
vegetales y animales de interés económico.
Es por ello que en el año
1991 se llevó a cabo en nuestro país una reunión
sobre bioseguridad auspiciada entre otros por el Instituto Interamericano
de Ciencias Agrícolas (IICA), para los países de
América Latina. En dicha reunión se presentaron
los primeros avances en el desarrollo de plantas transgénicas,
así como criterios para la liberación en el campo,
transporte e importación de materiales genéticamente
modificados.
Como recomendaciones específicas
de este seminario, se concluyó que los países deberían
crear comisiones o grupos técnicos compuestos por diferentes
instituciones y disciplinas. En este sentido, en Costa Rica se
iniciaron las primeras conversaciones con diversas instituciones
como Universidades estatales, Oficina Nacional de Semillas y el
Ministerio de Agricultura, para crear un Comité Técnico,
que pudiera asesorar a las autoridades para la importación,
transporte, y liberación en el campo de semillas de plantas
transgénicas.
Justamente en 1991 se recibieron
en Costa Rica las primeras aplicaciones para la obtención
de los permisos y las autorizaciones, dirigidas a la importación
de semillas sexuales de plantas genéticamente modificadas
(transgénicas), con el propósito de realizar liberaciones
en el campo para la reproducción de estos materiales. En
el cuadro #12 se reseñan los proyectos transgénicos
desarrollados en Costa Rica en el período 1991-1996, mientras
que en el anexo 1 se ofrece información respecto a protectos
transgénicos -de incremento de semillas- en el priodo 1997-1998.
El Ministerio de Agricultura y
Ganadería por medio de la Dirección General de Sanidad
Vegetal, recibió oficialmente las solicitudes y procedió
a estudiarlas dentro del contexto de la Ley General de Sanidad
Vegetal Nº 6248 y procedió a establecer los requisitos
técnicos para la importación y liberación
de estos materiales en el campo.
Por la índole de la materia
a considerar y tratándose de biotecnologías nuevas,
la ley establecía lineamientos y requerimientos muy generales
para regular la introducción de estos organismos.
Dentro del contexto de la Ley
Nº 6248, algunos artículos dieron el soporte legal,
para que la Dirección General de Sanidad Vegetal, procediera
a buscar asesoría en esta materia y convocó a la
creación de un Comité de expertos para que analizaran,
estudiaran y brindaran un dictamen técnico, sobre las solicitudes
y los documentos presentados.
En virtud de lo anterior, se implementó
una estructura regulatoria mas específica que dió
origen al Comité Técnico Asesor Nacional de Bioseguridad
(CTANB), adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería
(MAG), conformado originalmente por las siguientes Instituciones:
Oficina Nacional de Semillas (ONS), MICIT, UCR, UNA, y el Organismo
Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA).
Dentro de las principales actividades
de este grupo estaba el establecer la legislación y regulación
para la introducción, movilización, investigación
y reproducción de material obtenido a través de
las técnicas de ingeniería genética.
El Comité se integró
como un grupo asesor ad-hoc al MAG en 1991 y se creó oficialmente
mediante el Decreto No. 25919 MAG- MICIT del 6 de mayo de 1996.
Su objetivo inicial , el cual últimamente se ha ampliado,
era el de asesorar en materia de bioseguridad a las instituciones
oficiales encargadas de regular el uso o intercambio de organismos
genéticamente modificados, por medio de técnicas
de ingeniería genética.
Inicio
Cuadro 12
Proyectos transgénicos desarrollados en Costa Rica 1991-1996.
| PERIODO |
COMPAÑIA |
AREA
(ha) |
LUGAR |
PRODUCCION
(kg) |
PROYEC-TO |
| 11/91,
3/92 |
Monsanto |
0.04
|
Jacó
|
100
|
Soya
, T.GL. |
| 12/92,
4/93 |
Monsanto |
1.70
|
Jacó
|
289
|
Algodón,
T.GL/Bt |
| 1/93,
5/93 |
Calgene |
1.90
|
Jacó
|
165
|
Algodón,
T.Br |
| 12/92 |
Monsanto |
0.50
|
Jacó
|
|
Maíz,
T.GL/Bt |
| |
|
4.10
|
|
454
|
|
| 10/94,
1/95 |
Land
o' Lakes |
0.10
|
Aranjuez
|
46
|
Soya,
T.GL |
| 1/95,
4/95 |
Land
o' Lakes |
2.00
|
Upala
|
1,963
|
Soya,
T.GL |
| 1/95,
5/95 |
Pioneer |
21.50
|
Upala
|
17,493
|
Soya,
T.GL |
| 11/94,
1/95 |
Pioneer |
1.00
|
Aranjuez
|
145
|
Soya,
T.GL |
| 12/94,
3/95 |
FFR
Coop. |
0.20
|
Upala
|
93
|
Soya,
T.GL |
| 2/95,
5/95 |
Jacob
Hartz |
0.60
|
Upala
|
663
|
Soya,
T.GL |
| 2/95,
5/95 |
Dairyland |
0.10
|
Upala
|
13
|
Soya,
T.GL |
| 5/95,
9/95 |
Delta
& Pine |
0.10
|
Aranjuez
|
82
|
Soya,
T.GL |
| |
|
25.60
|
|
20,498
|
Soya,
T.GL |
| 11/95
, 2/96 |
Pioneer |
0.30
|
Aranjuez
|
13
|
Soya,
T.GL |
| 1/96,
5/96 |
Pioneer |
3.10
|
Upala
|
5,763
|
Soya,
T.GL |
| 11/95,
2/96 |
Delta
& Pine |
0.10
|
Aranjuez
|
---
|
Soya,
T.GL |
| 10/95,
1/96 |
Delta
& Pine |
1.80
|
Chomes
|
870
|
Soya,
T.GL |
| 12/95,
5/96 |
Delta
& Pine |
20.11
|
Upala
|
29,249
|
Soya,
T.GL |
| 10/95,
1/96 |
Dairyland |
0.10
|
Chomes
|
*
|
Soya,
T.GL |
| 2/96,
5/96 |
Dairyland |
0.10
|
Upala
|
24
|
Soya,
T.GL |
| 11/95
&endash; 2/96 |
Land
o' Lakes |
80.00
|
Chomes
|
34,014
|
Soya,
T.GL |
| 1/96,
4/96 |
Land
o' Lakes |
73.90
|
Upala
|
75,669
|
Soya,
T.GL |
| 11/95,
2/96 |
FFR
Coop |
44.00
|
Upala
|
38,809
|
Soya,
T.GL |
| |
|
223.00
|
|
180,400
|
Soya,
T.GL |
| 1995 |
Agribiotecnología** |
|
|
|
Banano
< Etil |
| 1995 |
Linda
Vista S.A.** |
|
|
|
Petunia
R.E./ < Etil |
| 1995 |
Pioneer
Overseas |
|
|
|
Maíz
B.t. |
| 1/97,
4/97 |
Asgrow |
3.20
|
Upala
|
5,668
|
Soya,
T.GL |
| 12/96,
3/97 |
Pioneer |
0.50
|
Upala
|
484
|
Soya
T.GL |
| 7/96,
2/97 |
Delta
& Pine |
1.70
|
Aranjuez
|
*
|
Soya
T.GL |
| 10/96,
3/97 |
Delta
& Pine |
29.60
|
Upala
|
42,800
|
Soya
T.GL |
| 11/96,
4/97 |
FFR
Coop. |
19.10
|
Upala
|
23,116
|
Soya
T.GL |
| 12/96,
4/97 |
Hornbeck |
2.00
|
Upala
|
1,651
|
Soya
T.GL |
| 10/96,
1/97 |
Dairyland |
0.10
|
Aranjuez
|
*
|
Soya
T.GL |
| 1/97,
4/97 |
Dairyland |
0.20
|
Upala
|
114
|
Soya
T.GL |
| |
|
56.40
|
|
73,833
|
|
| 8/96,
12/96 |
Delta
& Pine |
0.10
|
Aranjuez
|
*
|
Algodón,
T.GL |
| 8/96,
12/96 |
Delta
& Pine |
0.20
|
Aranjuez
|
*
|
Algodón,
B.t. |
| 11/96,
3/97 |
Delta
& Pine |
1.00
|
Aranjuez
|
847
|
Algodón,
T. GL |
| 12/96
, 4/97 |
Delta
& Pine |
2.00
|
Aranjuez
|
1,136
|
Algodón,
B.t. |
| 11/96,
3/97 |
Delta
& Pine |
0.30
|
Aranjuez
|
346
|
Algodón,
T.GL/B.t. |
| |
|
3.60
|
|
2,329
|
|
| 1996 |
CIBCM/Biol |
|
UCR
|
|
Maíz
VRF/R.H |
Fuente: Oficina Nacional
de Semillas, 1997.
* Resiembra
** Proyectos no ejecutados
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