B. Administración
y control de los riesgos derivados de la utilización y
la liberación de organismos vivos modificados (OVM) como
resultado de la biotecnología
6. Protocolo de bioseguridad
La elaboración de un protocolo
de bioseguridad es un mandato establecido de conformidad con la
decisión II/5 de la Conferencia de las Partes en el Convenio
sobre la Diversidad Biológica. Para su elaboración,
la Secretaría de la Convención, con la colaboración
en algunas ocasiones del PNUMA, ha estado realizando reuniones
específicas, incluyendo consultas regionales, desde el
año 1995. La consulta regional para Centro América
fue realizada en Costa Rica del 1 al 3 de marzo de 1995. En este
año fue creado además por la Secretaría,
el Grupo de Trabajo Especial de Composición Abierta sobre
Bioseguridad de la Biotecnología, que ha realizado tres
reuniones hasta el momento, en el que Costa Rica ha contado en
2 de ellas, con un representante.
Este representante ha sido el
miembro de la Comisión Asesora en Biodiversidad especialista
en el tema, y miembro a su vez de la Comisión Nacional
de Bioseguridad, o en su defecto, otro especialista de reconocida
trayectoria en el asunto, que no pertenece a la Comisión
y que esta nombra por imposibilidad del responsable de asistir.
La asistencia regular ha resultado
en un seguimiento muy cercano de lo que en estas reuniones se
acuerda y una coordinación eficiente entre las entidades
nacionales relacionadas con el tema.
La posición de la Comisión
sobre el protocolo, se presenta en el Recuadro 4.
Recuadro 4
Posición general de Costa
Rica definida por la Comisión
Asesora en Biodiversidad (COABIO) para el trabajo del
Grupo Consultivo de TrabajoAd Hoc de Bioseguridad
de la Secretaría de la Convención para la
Diversidad Biológica
|
| 1.
Existe consenso en la COABIO en cuanto a la necesidad
de un Protocolo, que cumpla con el espíritu de
la Convención sobre la Diversidad Biológica
y de la Agenda 21. El reto del Comité Ad Hoc es
lograr un protocolo mesurado, que establezca reglas claras,
sin inmiscuirse innecesariamente con asuntos que competen
a cada nación.
2. El
espíritu del protocolo es propiciar el intercambio
de información con respecto al movimiento transfronterizo
de organismos vivos modificados (OVM) y con respecto a
la evaluación y manejo del riesgo de dicho movimiento.
La comunicación entre las autoridades nacionales
designadas para dar los permisos de transporte y liberación
al campo de organismos transgénicos, deben tener
amplia representación técnica y de la sociedad
civil como también de todos los grupos potencialmente
afectados.
La conformación
de los Comités Nacionales de Bioseguridad, debería
quedar a criterio de cada país, dependiendo de
su realidad. Creemos que el protocolo podría dar
únicamente sugerencias al respecto.
3. Las
responsabilidades legales y las compensaciones entre Estados
y entre entidades transnacionales, es el aspecto mas complejo
del protocolo, que no se logrará sin un amplio
debate y sin un análisis sobrio de la situación.
Dada la diversidad de posiciones discrepantes en las tres
reuniones del Grupo de Composición Abierta, realizadas
hasta el momento, sea quizás necesario empezar
por acuerdos regionales, entre los bloques geopolíticos
existentes.
4. Un
sector de la COABIO favorece la idea de excluir del Protocolo
el tema de compensaciones y responsabilidades, dejando
a cada Estado en libertad para establecer sus propias
condiciones y procedimientos de compensación.
5. Finalmente,
se ratifica la importancia de llegar a un Protocolo que
permita a cada nación, lograr las condiciones adecuadas
para evaluar lo riesgos derivados de la introducción
de OVM a centros de origen y otros tipos de introducciones
de estos organismos.
6. Aunque
se llegó a la decisión en el Grupo de Trabajo
de no incluir, en el protocolo, por su complejidad, la
introducción de especies exóticas a los
ecosistemas, para Costa Rica este tema es de suma importancia. |
Fuente: Minutas de COABIO, 1997.
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